La Resolución 265/25 transforma el trámite que hasta ahora podía demorar meses o años. Permitirá operar con libertad distintas actividades aéreas sin la intervención previa del Estado.
El pasado viernes se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 265/25, firmada por la directora de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), Julia Cordero, que introduce una profunda reforma en el sistema de habilitaciones para el trabajo aéreo en el país.
La medida simplifica radicalmente la obtención del Certificado de Explotador de Trabajo Aéreo (CETA), que desde ahora podrá gestionarse mediante una declaración jurada online, sin necesidad de presentar balances contables, antecedentes penales ni documentación aeronáutica emitida por el propio organismo.
La normativa elimina los requisitos burocráticos que históricamente dificultaban el acceso a esta habilitación, como la inspección previa, la justificación del patrimonio o los últimos aportes previsionales.
Ahora, el solicitante solo deberá informar la base de operaciones, el tipo de aeronave y la tripulación afectada, y podrá comenzar a operar con libertad.
Además, el nuevo CETA no tendrá vencimiento y habilitará al explotador a realizar cualquiera de las actividades listadas en el artículo 11 del Decreto 599/2024, firmado por el presidente Javier Milei el año pasado. Entre ellas se incluyen: trabajo aéreo agrícola, fotografía y filmación, propaganda, vigilancia, turismo y deportes aéreos.
Desde ANAC remarcaron que la medida alcanza también a quienes ya poseen el CETA, quienes quedarán automáticamente habilitados para el ejercicio de todas las actividades permitidas, sin necesidad de trámites adicionales.
“La resolución pone fin a una lógica estatal que actuaba como una máquina de impedir. Ahora, quien quiera invertir en actividades aéreas tiene la libertad de hacerlo sin trabas absurdas”, explicaron fuentes del organismo.